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Apreciaciones de urgencia
Badaia en Arabatik

Tras una primera lectura de la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad de la Ley de Consulta, y al margen de las consecuencias políticas directas que tendrá esta decisión y de la respuesta que desde el Gobierno Vasco y los Partidos políticos se puedan dar, quiero destacar varios aspectos:

1.- La Sentencia es extremadamente pobre. Cabría esperar del Tribunal Constitucional, en un asunto como éste, un trabajo más profundo y de mayor rigor. Aunque la Sentencia tiene una extensión de 33 folios, sus fundamentos jurídicos se desarrollan en solo 10 páginas en las que se abunda en motivos de orden político. Desde este punto de vista se confirma la motivación política de un Tribunal que es en última instancia político, tanto por su composición como por la motivación de sus miembros. No hay referencia alguna a la Jurisprudencia de los Tribunales internacionales y sí una gran dosis de autocomplacencia, llegándose a afirmar que el sistema político español constituye uno de los sistemas democráticos mas plenos.

2.- Para declarar la inconstitucionalidad de la Ley el T.C. se ve obligado a afirmar que lo aprobado no era una consulta, sino un referéndum. Indica que toda consulta al cuerpo electoral constituye referéndum, con independencia de si resulta vinculante o no. En consecuencia, y aunque esto no lo dice, las consultas previstas en los Estatutos catalán y andaluz serían también referéndums y por lo tanto anticonstitucionales. Las consultas que en multitud de países realmente democráticos se realizan sobre los temas mas variados serían también referéndums. No existen por lo tanto para el Tribunal Constitucional las Consultas sino mediante mecanismos como encuestas u otros de índole similar. Solo desde las más absoluta ceguera puede mantenerse esta opinión.

3.- El T.C. es muy claro en lo que se refiere a la soberanía: esta reside exclusivamente en el pueblo español en su conjunto, y el Pueblo Vasco, que es una parte subordinada de aquel, no es soberano, luego no puede ser consultado sobre su futuro puesto que cualquier decisión que afecte a éste corresponde al pueblo español.

Tiempo habrá para análisis mas detallados, pero lo que el T.C. deja absolutamente claro es que dentro del actual marco jurídico los vascos no podremos decidir jamás nuestro futuro.

 
 
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