Apreciaciones
de urgencia
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Tras una primera lectura de la Sentencia del Tribunal
Constitucional que declara la inconstitucionalidad de la Ley de
Consulta, y al margen de las consecuencias políticas directas
que tendrá esta decisión y de la respuesta que desde
el Gobierno Vasco y los Partidos políticos se puedan dar,
quiero destacar varios aspectos:
1.- La Sentencia es extremadamente pobre. Cabría
esperar del Tribunal Constitucional, en un asunto como éste,
un trabajo más profundo y de mayor rigor. Aunque la Sentencia
tiene una extensión de 33 folios, sus fundamentos jurídicos
se desarrollan en solo 10 páginas en las que se abunda en
motivos de orden político. Desde este punto de vista se confirma
la motivación política de un Tribunal que es en última
instancia político, tanto por su composición como
por la motivación de sus miembros. No hay referencia alguna
a la Jurisprudencia de los Tribunales internacionales y sí
una gran dosis de autocomplacencia, llegándose a afirmar
que el sistema político español constituye uno de
los sistemas democráticos mas plenos.
2.- Para declarar la inconstitucionalidad de la
Ley el T.C. se ve obligado a afirmar que lo aprobado no era una
consulta, sino un referéndum. Indica que toda consulta al
cuerpo electoral constituye referéndum, con independencia
de si resulta vinculante o no. En consecuencia, y aunque esto no
lo dice, las consultas previstas en los Estatutos catalán
y andaluz serían también referéndums y por
lo tanto anticonstitucionales. Las consultas que en multitud de
países realmente democráticos se realizan sobre los
temas mas variados serían también referéndums.
No existen por lo tanto para el Tribunal Constitucional las Consultas
sino mediante mecanismos como encuestas u otros de índole
similar. Solo desde las más absoluta ceguera puede mantenerse
esta opinión.
3.- El T.C. es muy claro en lo que se refiere a
la soberanía: esta reside exclusivamente en el pueblo español
en su conjunto, y el Pueblo Vasco, que es una parte subordinada
de aquel, no es soberano, luego no puede ser consultado sobre su
futuro puesto que cualquier decisión que afecte a éste
corresponde al pueblo español.
Tiempo habrá para análisis mas detallados,
pero lo que el T.C. deja absolutamente claro es que dentro del actual
marco jurídico los vascos no podremos decidir jamás
nuestro futuro.
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